En consecuencia, evidenciándose ciertamente de la revisión de tales recaudos la existencia de los requisitos indispensables para su verificación y con vista a las diligencias practicada por el funcionario ut supra señalado, se ADMITE al ciudadano: CARRASQUEL YEPEZ ALBERTO, ya identificado, como fiador a constituir a favor del imputado en la presente causa. Ahora bien, en lo que respecta a el Segundo de los ciudadanos: LEONCIO JESUS QUINTERO MAYORA, ya identificado, realizadas como fueron las diligencias y actuaciones a los fines de ser verificados tales recaudos aportados y la información en ellos contenidas, a través de llamada telefónica al Número: 0212-953-62-51, indicado en la constancia de trabajo consignado de manera personal por la ciudadana Juez de este Tribunal, el mismo sin embargo, no ha podido ser localizado el ciudadano: JULIAN ROJAS, quien suscribe tal constancia a los fines de que informe y de constancia de su expedición a nombre de la expedicionante como Secretario de .....