declara la EXTINCIÓN DE LA PENA PRINCIPAL Y LAS PENAS ACCESORIAS, que fueran impuestas al ciudadano quien en vida respondiera al nombre de: EDWIN EDUARDO PINEDA, titular de la Cédula de Identidad N° 17.920.359, quien fue condenado por el Juzgado Primero de Control de esta misma Circunscripción Judicial, de fecha 16 de Octubre de 2003, a cumplir la pena de: CUATRO (4) AÑOS, TRES (3) MESES Y VEINTIDOS (22) DIAS DE PRESIDIO, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES Y ROBO GENERICO, tipificados en los artículos 415 y 457 del Código Penal. Todo conforme con lo dispuesto en el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en los artículos 103, 16 del Código Penal.