Con fundamento a las razones de hecho y de derecho analizadas, este Juzgado Primero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento con sede en la ciudad de Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que confiere la Ley, declara SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el Abg. AMERICA CAROLINA BOSCAN AMARO, en su condición de Defensora Privada del ciudadano acusado WARNER ARMANDO MATA CEDEÑO, titular de la Cédula de Identidad V-19.634.866, a quien se le sigue causa por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES, previsto y sancionado en el artículo 406.1 del Código Penal en perjuicio de los ciudadanos HELI ORDAZ HUMBERTO KAISSER ALEXANDER (Occiso) y LEONARDO ENDEZ CONTRERAS (Occiso); y en consecuencia SE NIEGA LA SUSTITUCION DE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD conforme a lo previsto en los artículos 242 y 250 del Código Orgánico Procesal Penal, por con.....