Declara revisada y acuerda mantener la medida Privativa de Libertad - impuesta al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, quien fue sancionado por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO CON ALEVOSIA y MOTIVO FUTIL EN GRADO DE COAUTORIA, RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y FUGA DE DETENIDOS, previstos en los artículos 406.1, 218, 258 en relación con el artículo 83 todos del Código Penal, en perjuicio del hoy occiso ALFREDO JOSE SILVA SEIJAS, de conformidad con lo establecido en el artículo 647 Literal "a" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.