Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Tercero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques, Administrando Justicia en el Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA la PRESCRIPCION DE LA PENA impuesta al ciudadano PEREZ PEREZ JOSE MANUEL, titular de la cédula de identidad N° 5.991.355, natural de Cantaura, Estado Anzoátegui, de nacionalidad venezolana, de 43 años de edad, nacido en fecha 24/08/59, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en Lagunetica, Sector Rómulo Arriba, N° 44, Los Teques, en fecha 21/07/94 y en consecuencia, la extinción de la misma, así como de las penas accesorias y de las costas procesales conforme a lo previsto en los artículos 112, 16 y 34 todos del Código Penal y se ordena su LIBERTAD PLENA y en consecuencia, se ordena librar la boleta de excarcelación respectiva.
Regístrese, publíquese, déjese copia, notifíquese a las partes,.....