este Juzgado Tercero de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECIDE: Se decreta LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL a favor de VIVAS JOSE RAFAEL, Venezolano, Titular de la Cédula de Identidad N° V.-10.152.800, nacido en fecha 12-06-1970, residenciado en Barrio Monseñor Ramírez, calle principal, casa 0-315, la Concordia, San Cristóbal Estado Táchira, Estado Táchira, y su LIBERTAD PLENA, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.