... DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos UVE JACQUELINE JIMENEZ DE CEDEÑO y EURISTEDES GREGORIO CEDEÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-9.553.062 y V-6.136.231, respectivamente, y en consecuencia, declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los une, en virtud del matrimonio por ellos celebrado por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia del Municipio Sucre del Distrito Capital, en fecha veintitrés (23) de diciembre de 1980, según consta de la Certificación del Acta de Matrimonio expedida por el Registro Principal del Distrito Capital, con sede en Caracas, la cual quedó inserta bajo el N° 939, folio 439 del libro de Registro de Matrimonios llevado durante el año 1980, habiendo fijado su domicilio conyugal en la Urbanización Las Brisas, Conjunto Roble, Calle 17, Casa N° 17, Cúa, Municipio Rafael Urdaneta del Estado Miranda, en el cual habitaron ininterrumpidamente hasta el año 1999, cuando materializaro.....