Definitivamente firme como quedó la sentencia dictada en fecha 07 de Mayo de 2003, por el Tribunal Mixto Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, que condenó al ciudadano ACEVEDO OCHOA WILLIAMS, portador de la cédula de identidad N° V- 6.300.642, natural de Caracas donde nació en fecha 16-10-1968, domiciliado en Ciudad Cazarapa, parcela N° 22, edificio 4, piso 3, apartamento 3-C, Guarenas, Estado Miranda, de estado civil casado, de profesión operador de Metrobús, a cumplir la pena de un (01) año y seis (06) meses de prisión, por ser autor responsable de la comisión del delito de homicidio culposo por inobservancia del Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal en relación con el artículo 180 literales 2 y 5 del Reglamento de la Ley de Tránsito Terrestre, así como al cumplimiento de las penas accesorias contempladas en el artículo 16 del Código Penal,.....