este Tribunal ordena la paralización de la presente causa, en virtud de la MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE PARALIZACIÓN DEL PROCESO JUDICIAL, conforme a la decisión emanada del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil. Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 15 de junio de 2022, en razón de la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL, intentada por el ciudadano GUSTAVO ESPARZA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de domiciliado en la ciudad de Caracas, titular de la cédula de identidad Nº V-9.881.921, en su carácter de Director de la empresa GRUPO VENERGY, S.A., sociedad mercantil domiciliada en la ciudad de Caracas e inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y estado Miranda, en fecha 25 de Agosto de 2009, inscrita bajo el Nº 10, tomo 191 A Sdo contra los presuntos agraviantes ciudadanos: JOSE ANTONIO OLIVEROS FEBRES CORDERO, MARÍA EUGENIA FEBRES CORDERO, ALEXANDRA EUGE.....