...CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano OVIDIO ALFONSO VALOR RIOS contra la PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, ambas partes identificadas en este fallo.-
En consecuencia se ordena la reincorporación del actor a sus labores habituales y el patrono deberá pagar los salarios dejados de percibir desde la notificación de la demandada en fecha 16 de febrero de 2009 hasta la fecha en que se haga efectiva la reincorporación del trabajador con base a su último salario mensual por la cantidad de Tres Mil Ochocientos Bolívares (Bs. 3.800,oo) excluyendo de dicho computo los lapso de inactividad procesal, tales como las vacaciones judiciales, huelgas de funcionarios tribunalicios y cualesquiera otros que hayan podido paralizar la causa por motivos no imputables a las partes, así como los lapsos en que hubo inactividad del accionante para impulsar el proceso.
No se condena en costas a la parte demandada, en conformidad con el criterio de la Sala Consti.....