declara la EXTINCIÓN DE LA PENA PRINCIPAL Y LAS PENAS ACCESORIAS, que fueran impuestas al ciudadano quien en vida respondiera al nombre de OMAR ELIÉSER VERA, titular de la Cédula de Identidad N°V-7.825.888; por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal y sede, en fecha 10 de diciembre de 2007 a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS, DOS (02) MESES, CUATRO (04) DÍAS y DIECISÉIS (16) HORAS DE PRESIDIO, por ser autor responsable de la comisión de los delitos de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL y LESIONES PERSONALES CULPOSAS, tipificados en los artículos 410 en concordancia con el artículo 405, 420 numeral 2 en concordancia con el artículo 415, todos del Código Penal; así como también fue condenado a cumplir las penas accesorias previstas en el artículo 13 ejusdem. Todo conforme con lo dispuesto en el artículo 471 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo previsto en los artículos 103, 13 del Código Penal.