administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad que le confiere la ley ACUERDA LA REVISION de la Medida Cautelar impuesta al ciudadano FELIX JOSE GUACHEZ, en los términos señalados, todo de conformidad a lo previsto en los artículos 44 de la Constitución de La República Bolivariana de Venezuela, 9, 244, 251, 256, 258 y 264 numerales 3, 4 y 6 todos del Código Orgánico Procesal Penal y ASI SE DECIDE. Líbrese Boleta Excarcelación a nombre del ciudadano FELIX JOSE GUACHEZ, LIBRESE Boleta de Citación a los fines de que comparezca el día 28 del presente mes y año y se comprometa a cumplir con las obligaciones impuestas