Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo constitucional intentada por PRISCILA PATRICIA GONZÁLEZ VERA contra JESÚS ALBERTO OCHOA RODRIGUEZ y C. A. LA ELECTRICIDAD DE GUARENAS y GUATIRE.