DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano GONZALEZ HERNANADEZ GUSTAVO, de nacionalidad venezolano, de 37 años de edad, lugar de nacimiento Paracotos, Estado Miranda, fecha de nacimiento: 24-03-67, de estado civil soltero, de profesión u oficio desempleado, residenciado en Sector La Plaza, El Trébol, calle Principal, parte baja de los lirios, casa s/n, Paracotos, Estado Miranda , Titular de la Cédula de Identidad Nro. 8.675.038, por ser presunto autor responsable de los delitos de VIOLENCIA FISICA Y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en los artículos 17 y 20 de la Ley Sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de la ciudadana HERNANDEZ GONZALEZ ELADIA ESTEFANIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo 48 numeral 1 eiusdem, en concordancia con lo establecido en el artículo 130 del Código Penal, en virtud que el mismo falleció.