Primero: se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la sentencia dictada en fecha 09 de febrero de 2006, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, respecto de la solicitud de Inhabilitación interpuesta por la ciudadana IRMA CARACCIOLA VÁSQUEZ DE GAMEZ, en virtud del padecimiento mental de su hijo FEDERICO JONAS GAMEZ VASQUEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 2.157.973 y 12.878.993, respectivamente