Por lo antes expuesto, este Juzgado de los Municipios Independencia y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Santa Teresa del Tuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos, CAPINEL TORRES JOSE LUIS y DELGADO AROCHA ZENAIDA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-6.415.979, y V-10.895.594 , respectivamente En consecuencia, se declara Disuelto el Vínculo Matrimonial que los une, contraído en fecha 11 de mayo de 1.991 ante la extinta Prefectura del Municipio Independencia del Estado Bolivariano de Miranda, tal como se evidencia del Acta