...declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos YILVERTH COROMOTO ROMERO COLINA y RAMÓN HERNAN CASTRO REYES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. 12.414.189 y 11.043.233, respectivamente, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía en virtud del matrimonio celebrado en fecha 14 de Diciembre del año 1990, ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Carrizal del Estado Miranda, según consta de acta de matrimonio inserta bajo el Nº 96, correspondiente al Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por dicho organismo durante el año 1990, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A del Código Civil.-