... Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: MARIA TERESA RONDON CAMACHO y PEDRO LUIS ORELLANA VARGAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-3.474.220 y V-3.535.803, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha Veinte (20) de Julio de Mil Novecientos Setenta y Dos (1.972), por ante el Juzgado Primero del Distrito Sucre de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, según consta de Acta Nº 68.-