Ahora bien, en atención a los recaudos consignados, así como las declaraciones testimoniales de las ciudadanas identificadas Ut Supra, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución N° 2009-0006 de fecha 18-03-2009 emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECLARA a los ciudadanos AURORA REGINA LLANOS DE GALLARDO, MARLON GASTON LLANOS, LIBARDO HILARIÓN GALLARDO LLANOS, FRANCISCO JAVIER GALLARDO LLANOS y ALIFRAN JOSÉ GALLARDO LLANOS, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° V-14.274.929, V-15.368.196, V-15.204.480, V-14.015.204 y V-20.484.592, respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus LIBARDO GALLARDO MÁRQUEZ, V.....