REPONER LA CAUSA al estado de citación mediante cartel a la parte demandada, ciudadanos PEDRO ALCALÁ SANDOVAL y AISYEN LICETT de ALCALÁ, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad Nrs: 19.885.325 y 14.519.665, respectivamente, de conformidad con lo previsto en el artículo 224 del Código de Procedimiento Civil, emplazándola para que concurra por ante este Juzgado por si o mediante apoderado judicial, en el término de TREINTA (30) días continuos siguientes a la publicación y consignación que del mismo se haga, a darse por citada. El referido cartel deberá ser publicado en dos Diarios a saber; "ÚLTIMAS NOTICIAS" y "AVANCE", durante treinta días continuos, una vez por semana, todo ello en aras de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso a las partes contemplados en nuestra Carta Magna en los artículos 26 y 49, y consecuentemente, NULAS todas la actuaciones a partir del día 11 de noviembre del 2021, inclusive, hasta el día 16 de marzo del 2022, exclusi.....