este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado César Herrera, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada. SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Miranda con sede en Guarenas, de fecha 17 de septiembre de 2009; en consecuencia a ello, se declara CON LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros beneficios laborales, incoara el ciudadano HENRY JOSÉ CARIPE, en contra la COOPERATIVA CREACIONES DAMICO, R.L. por lo que se condena a la parte accionada al pago a favor del accionante de los conceptos cuantificados en el texto integro de la presente decisión correspondientes a: prestación de anti.....