"... Este TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUARENAS, Administrando Justicia en nombre de Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN AL ACUERDO TRANSACCIONAL CELEBRADO ENTRE LAS PARTES, en los términos expuestos por las partes en la transacción celebrada, con los efectos de cosa juzgada de modo en que lo prevé el Parágrafo Único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con los artículos 1713 y siguientes del Código Civil vigente. Asimismo se ordenara el cierre del expediente, una vez cumplidos todos los pagos acordados ..."