...En consecuencia, se DECRETA MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre un inmueble constituido por: "Un Local Comercial distinguido con el N° "PB-9" del Conjunto de Comercio Residencial "YATI", ubicado en la prolongación de la Avenida Bolívar y la Calle Páez, denominado antiguamente El Trigo, Jurisdicción del Municipio Los Teques, Distrito Guaicaipuro del Estado Miranda, con un área aproximada de cincuenta y cuatro metros cuadrados (54,00 mts2) y comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORESTE: Con pasillo de circulación y El Local PB-8; SURESTE: Con la fachada sureste, SUROESTE: Con el Local PB-10, y NOROESTE: Con pasillo de circulación.