declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano RAMON ALBERTO TORO PINEDA, mayor de edad, venezolano, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nº 3.479.565, de las bienhechurías que se encuentran ubicadas en Lagunetica, entrando por la Calle Miranda (entre La calle Nueva Esparta y Pardillal), Calle Santa Ana, casa Nº 197, Los Teques, Municipio Guaicaipuro, del Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Expídase por Secretaría juego de copias certificadas de todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, para ser entregadas a la parte solicitante, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena la devolución de las originales y sus resultas, constante de catorce (14) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal, asimismo, .....