Oídas las exposiciones de la Representación del Ministerio Público y de la Defensa, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Paz Castillo Circunscripción Judicial del Estado Miranda. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: El Tribunal acuerda la solicitud del Ministerio Público de continuar el procedimiento por la vía ordinaria de conformidad con el artículo 262 del Código Orgánico Procesal Penal y 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente, para que se realice una investigación serena, ponderada dirigida al esclarecimiento de los hechos y la verdad asimismo la aprehensión en flagrancia. SEGUNDO: El tribunal acuerda imponerle al adolescente: M.P.D.de J., (identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la lopnna), la medida cautelar prevista en el artículo 582, literales B, C y F de la Ley Orgánica para la Protección.....