declara: VIGENTE la relación de trabajo existente entre la ciudadana MARTHA JOSEFINA CALZADILLA PIÑERO y el ciudadano EDGAR RAMIREZ CONTRERAS, ambas partes anterior y plenamente identificadas en el presente fallo, procediendo la reincorporación de la trabajadora a su puesto de trabajo en las mismas condiciones en que se encontraba, sin pago de salarios caídos.