Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus NESTOR RAFAEL QUINTANA DIAZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.450.103, a su esposa la ciudadana CARMEN ALICIA URZOLA DE QUINTANA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.674.716, y sus hijos los ciudadanos NESTOR EDUARDO QUINTANA URZOLA y GUSTAVO ADOLFO QUINTANA URZOLA