... PRIMERO: El Tribunal acuerda el procedimiento ordinario, previsto en el articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en concordancia con el articulo 280 del Código Orgánico Procesal Penal, para que se realice una investigación serena, ponderada dirigida al esclarecimiento de los hechos y la verdad".