En virtud de las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ha decidido:declarar SIN LUGAR la pretensión de CUMPLIMIENTO DE PAGO interpuesta por el ciudadano ANDRÉS RAMÓN PACHECO TORO venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V-8.745.759, contra la ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE TRANSPORTE MENCA DE LEONI, R.L.