´DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL incoara la ciudadana MARISOL RODRÍGUEZ FARINHA, contra la sociedad mercantil FRUTERÍA Y FRIGORÍFICO LA FLOR DE LA CARNE, C.A, ambas plenamente identificadas en autos; y por tanto, SE CONDENA a la empresa demandada a hacer entrega material a la demandante del inmueble objeto del presente juicio constituido por un (01) local comercial que forma parte del local LC-2, situado en la planta baja del edificio Araguaney, que se encuentra ubicado en la avenida Bermúdez, sector El Cabotaje, en la ciudad de Los Teques, jurisdicción del Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda, libre de bienes, personas y en las mismas condiciones en que lo recibió, ello de conformidad con las causales contenidas en los literales "a" e "i" del artículo 40 de la Ley de Regulación del Arrendamiento Inmobiliario para el Uso Comercial.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento C.....