PRIMERO: CONDENA: al ciudadano DIAZ SEQUERA JOSE RAMON, de nacionalidad venezolana, natural de Valencia, Estado Carabobo, fecha de nacimiento 21-01-1986, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.048.709, de estado civil soltero, hijo de: Maria Isabel Sequera (V) y Ramón Antonio Díaz (V), residenciado en barrio 27 de Febrero, sector Jabillal, calle principal, casa s/n frente al galpón de pollos, vía carretera Los Teques- Las Tejerías, a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, en el Establecimiento Penal que a tal efecto designe el Ejecutivo Nacional, por ser autor responsable en la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATÓN, previsto y sancionado en el único aparte del artículo 458 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana FLORES DE GONZÁLEZ OLGA MARGARITA, de conformidad con lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo 367 ejusdem. Dado que la aprehensión del acusado .....