Se embargó ejecutivamente un bien mueble (vehiculo automotor) propiedad del demandado en vista de que se constató su propiedad con la asistencia de un perito avaluador. Se notifico de la ejecucion a la detentadora del mismo y se le garantizo el derecho a la defensa de esta como del demandado y/o posibles terceros con interes, otorgandoles 30 minutos de espera.