Se declaró CON LUGAR la demanda de DESALOJO (LOCAL COMERCIAL) interpuesta por los ciudadanos JUAN JOSÉ WILLIMANN GONZÁLEZ y BEGOÑA GARCIA, en contra de la sociedad mercantil LINGUISTIC ADVISERS B.A.II, C.A., todos ampliamente identificados en autos, y se ORDENÓ a la demandada a hacer entrega a los demandantes, del local comercial identificado como M1-9, de aproximadamente nueve metros cuadrados con siete decímetros cuadrados (9,07 Mts2), ubicado en la planta tipo uno del Centro Comercial Club de Campo, Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, libre de bienes y personas.