Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y por cuanto no ha habido oposición alguna DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD SOBRE TERRENO PRIVADO, a favor de la ciudadana TEOFILA HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-1.751.392, sobre una vivienda unifamiliar con un área de construcción total de SETENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON VEINTICINCO CENTIMETROS CUADRADOS (79,25 Mts2) cuyos linderos particulares son: NORESTE: En 6,47 Mts con Terreno de mi propiedad. SURESTE: En 12,32 Mts con vivienda que es o fue de Manuel Peña. SUROESTE: En 6,51 Mts con Terreno de mi propiedad. OESTE: En 12,12 Mts con Terreno de mi propiedad, enclavada e.....