Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 1, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la Nulidad del auto de fecha 25/03/2003, inserto al folio treinta y uno (31) de la causa, y de los actos consecutivos que dependan del mismo, mediante el cual se ordenó la citación del querellado ciudadano: Gutiérrez Corredor Fermín, de conformidad con lo establecido en el artículo 104, 190,192, 193, 195 y 196 todos del Código Orgánico Procesal Penal.-
Notifíquese a la parte querellante y al ciudadano: Carrero Reyes Wilson Ramón, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 en su único aparte del Código Orgánico Procesal Penal.-