En base a lo anteriormente expuesto, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA CON LUGAR la inhibición planteada por el doctor GILBERTO JOSE MARTINEZ ALFONZO, Juez del Juzgado Municipio Paz Castillo con funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Santa Lucia, conforme a lo previsto en los artículos 87 del Código Orgánico Procesal Penal y 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-