en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, pasa a dictar la presente sentencia:- Condena al ciudadano ERVI SUTIL MIRANDA, fecha de nacimiento 30-01-76, venezolano, cédula de identidad Nº 12.682.718 , a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS, UN MES (01) CATORCE (14) DIAS Y DIECISEIS (16) HORAS DE PRESIDIO, como autor del delito HOMICIDIO INTENCIONAL Y LESIONES PERSONALES GRAVES EN GRADO DE COOPERADOR previstos y sancionado en los artículo 407, en relación con el 416 en concordancia con el 84 todos del Código Penal en perjuicio de Jean Frank Pereira Vera y Rafael Pereira Vera, LA PENA resultó por aplicación de los artículos 37 y 74 ejusdem, ambos del Código citado. Igualmente se condena a las penas accesorias contenidas en el artículo 13 ejusdem. Se exonera del pago de las costas procesales de conformidad con los artículos 26 de la Constitución en concordancia con el artículo 272 del Código Orgánico Procesal Penal Publíquese, queda publicada y las part.....