Es por lo que este Tribunal de conformidad con el ordinal 2° del artículo 330 del Código Orgánico Procesal penal, ADMITE en su totalidad la ACUSACION FISCAL, así mismo se admiten en su totalidad las pruebas ofrecidas por el Representante del Ministerio Público para el juicio oral y público por ser legales, útiles, pertinentes y necesarias, a saber:
TESTIMONIALES: MIGUEL PEREZ Y WILLIANS CONTRERAS funcionarios que practicaron la aprehensión; JHAYDY VERA Y SIMON ROJAS funcionarios que practicaron la inspección ocular del lugar de los hechos y al cadáver de la ciudadana Sixta Blanco; ANTONIO BLANCO, FIDELINA BLANCO ESCULPI LAMON NORMA LUDEIBI, HERRERA BLANCO LEIBI JOSEFINA Y HERNANDEZ BLANCO ALEXANDER, por ser los mismos victimas directas e indirectas y testigos presénciales de cómo ocurrieron los hechos; DRA. ANA ACEVEDO GUTIERREZ, Medico Forense que le practico los exámenes legales a los ciudadanos ANTONIO BLANCO, BLANCO FIDELINA, HERRERA LEIDY Y ESCULPI LAMONT NORMA; DRA. ISEL.....