ACUERDA, la revisión de la medida solicitada e interpuesta por se acuerda revisada la solicitud, ya que, es un derecho de todo imputado, interpuesta por la DRA. ELBA CASANOVA, Defensora Pública, actuando en su carácter de Defensora de la Imputada: YARITZA DEL CARMEN QUERALES CORREA, por lo antes expuesto se DECRETA sin Lugar, la solicitud de la Sustitución de la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad por una Medida Menos Gravosa, y por ende SE RATIFICA en los mismos términos dictados en la decisión de fecha: 31-12-2007, la Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad por la gravedad y complejidad del delito, impuesta a la Imputada: YARITZA DEL CARMEN QUERALES CORREA, de conformidad con lo establecido en el artículo 357 literal 4º Código Penal.