ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN presentada por el Fiscal 18° del Ministerio Publico en contra de los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DE HURTO Y ROBO, previsto en el artículo 9 de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de INVERSIONES DOMINÓS ZONA 1 C.A, de conformidad con lo establecido en el artículo 578 Literal a) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por cuanto cumple con los requisitos exigidos en el artículo 570 eiusdem