en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Acuerda la Sustitución de la Medida Cautelar Privativa de Liberta por una CAUCIÓN PERSONAL, en virtud de la revisión efectuada por ésta juzgadora en la presente causa N° 2M302, seguida en contra del acusado NAVAS SOJO RICHARD ANTONIO