Decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con lo establecido en el artículo 236 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 248 numeral 3 ejusdem, en contra del acusado LUIS EDUARDO ASCANIO TORO; a quien se le sigue el presente proceso, por la presunta comisión del delito de OCULTACION DE SUSTANCUIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.