...En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda-sede Los Teques, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio, incoada por el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-IDENTIDAD OMITIDA, en contra de la ciudadana IDENTIDAD OMITIDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-IDENTIDAD OMITIDA, por configurarse la casual tercera 3°, establecida en el artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal contraído ante el Registro Civil de Personas y Electoral de la Parroquia Paracotos, Municipio Autónomo Guaicaipuro, estado Bolivariano de Miranda, en fecha 02 de julio de 2011, insertada bajo N° 008, Tomo 1, folio 008 y su vuelto.....