En el día hábil de hoy, veintiocho (28) de mayo de dos mil quince (2015), siendo las nueve de la mañana (09:00 am), oportunidad fijada para la prolongación de la audiencia preliminar, se deja constancia que comparecieron las ciudadanas YURIMAR ESCULPI MIJARES, parte actora y LIGMAR MARIN, apoderado judicial de la parte actora, ya identificadas. Asimismo, se hace presente el ciudadano JOSE BERNALDO ACOSTA, apoderado judicial de la parte demandada, ya identificado. Celebrada la audiencia la parte demandada y la demandante declaran que han llegado al siguiente acuerdo: PRIMERO: Con el fin de dar por concluido el presente juicio, la parte demandada ofrece pagar a la parte demandante la suma de NUEVE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UN BOLIVARES CON TREINTA Y CINCO CENTIMOS(9.541,35,00 Bs) monto este que resulta de cotejar el acervo probatorio aportado por la parte demandada, quien en esta audiencia presentó recibos de pago que enervan algunas de las pretensiones del trabajador actuante y que l.....