Observa:
Que el joven adolescente Prohibida su Identificación, inició el cumplimiento de la medida SERVICIOS A LA COMUNIDAD, a partir del 24-05-2004, hasta el día de hoy, han transcurrido CUATRO (4) DIAS Y DOS (2) MESES, y sentenciado como fue a cumplir la medida de de SERVICIOS A LA COMUNIDAD por un lapso de tiempo de CUATRO (4) MESES, se observa que le falta por cumplir del tiempo de UN (1) MES y VEINTISEIS (26) DIAS, medida que culminará el día 24-09-2004, falta, por realizar el computo de la medida de Reglas de Conducta Impuesta, cuando se reciba la correspondiente constancia de estudios.
Queda este Tribunal encargado de controlar y vigilar el cumplimiento de las medidas impuestas al sancionado, velar por su cumplimiento y por el respeto de los derechos que le asisten durante la ejecución de la misma, pudiendo revisarlas para modificarlas o sustituirlas por otras menos gravosas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 630, 631, 646 y 647 de la Ley.....