Observa que le queda por cumplir el lapso de tiempo de cuatro (04) meses y diecinueve (19) días, medida que culminará de cumplir el diecisiete (17) de diciembre de dos mil seis (2.006).
Queda este Tribunal encargado de controlar y vigilar el cumplimiento de las medidas impuestas a los sancionados, velar por su cumplimiento y por el respeto de los derechos que le asisten durante la ejecución de la misma, pudiendo revisarlas para modificarlas o sustituirlas por otras menos gravosas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 630, 631, 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.