Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio, actuando en sede constitucional de la extensión Valle del Tuy del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: declara INADMISIBLE IN LIMINI LITIS la presente Acción de Amparo interpuesta por el profesional del derecho RUBEN ALEJANDRO MACHUCA REVEE, en representación del ciudadano ANDRES FELIPE DUARTE NARVAEZ, en contra de la Fiscalía Vigésima Tercera (23°) del Ministerio Público, Ocumare del Tuy, Valles del Tuy del Estado Miranda de conformidad con lo establecido en el articulo 6 numerales 8 y 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
Regístrese, diarícese, publíquese y notifíquese a las partes.-
El juez primero de Juicio,
Jesús Emilio Marcano Salinas
El Secretario
Neptalí González
En esta misma fecha se dio.....