Sobre la base de las anteriores consideraciones este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal, en Funciones de Ejecución Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARAR REDIMIDA LA PENA del penado LAOZ SALAZAR HECTOR JOSE, titular de la cédula de identidad N° 10.098.020, por el lapso de UN (01) AÑO, SEIS (06) MESES, DOS (02) DIAS y DOCE (12) HORAS, acumulándose al tiempo efectivo de privación de libertad sufrido por el penado. Notifíquese a la partes. CUMPLASE.