DECRETA la improcedencia de otorgar el beneficio referida al Régimen o Destino a Establecimientos Abiertos, al penado: SARMIENTO RIVERO SADAY ANTONIO, titular de la cedula de identidad Nª 16.094.410, por no cumplir cabalmente con los requisitos exigidos en el artículo 501, numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, por existir opinión desfavorable por parte del equipo técnico encargado de tal función, SARMIENTO RIVERO SADAY ANTONIO, titular de la cedula de identidad Nª 16.094.410.