...Declara CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos: NELLY JOSEFINA YANES PANTOJA y ALCIBIADES HERRERA ISQUIEL, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-8.750.619 y V-4.674.704, respectivamente, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil. En consecuencia, se declara DISUELTO el vinculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha en fecha 23 de Junio de 1977, Acta No. 14, por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Zamora del Estado Bolivariano de Miranda.-